Procedimiento Disciplinario

Cumplimos con los códigos éticos y de conducta en nuestra actividad profesional y conocemos los procedimientos disciplinarios aplicables en caso de incumplimiento.

Código Ético y de Conducta

Todos los Miembros de IMEB están obligados a cumplir con el código de ética de la Asociación Profesional a la que pertenecen y, adicionalmente, con las Reglas de Conducta incluidas en el documento "Registro y Procedimientos Disciplinarios para Miembros de IMEB".

  1. Code of Ethics CSCIM (ENG)
  2. Code of ethics OdE (ENG)
  3. Registration and Disciplinary Procedures (ENG)

Procedimientos Disciplinarios

Las quejas relativas al trabajo profesional de un Miembro de IMEB se tramitarán de acuerdo con los procedimientos disciplinarios de la Asociación Profesional a la que pertenece el Miembro, ya que el Consejo Superior de Colegios de Ingenieros de Minas de España y la Ordem dos Engenheiros de Portugal son las organizaciones con capacidad legal para actuar.

Los procedimientos disciplinarios están incluidos en:

  1. Para Miembros Españoles: Capítulo VI del Real Decreto 1278/2003, de 10 de octubre, que aprueba los Estatutos Generales de los Colegios de Ingenieros de Minas y el Consejo Superior.
  2. Para Miembros Portugueses: Reglamento Disciplinario de la Ordem dos Engenheiros aprobado por la Asamblea de Representantes el 25 de noviembre de 1995 y elaborado de acuerdo con el Capítulo VIII y el Artículo 77 del TÍTULO I, y el TÍTULO II del Estatuto aprobado por el Decreto-Ley 119/92, de 30 de junio.

En caso de que se reciba una queja sobre un Informe Público o cualquier otra acción realizada por un Miembro de IMEB, el Comité Técnico evaluará y la trasladará al Consejo de Gobierno. Este, a su vez, la evaluará y la transferirá a la Asociación Profesional competente, responsable de llevar a cabo el procedimiento disciplinario. En los casos que involucren Informes Públicos, este proceso será supervisado por el Consejo de Gobierno, que contará con el asesoramiento de los servicios jurídicos de los respectivos Colegios Profesionales.

Cualquier queja relativa al trabajo realizado por alguno de nuestros miembros, puede realizarse a través del canal de los canales de denuncias siguientes:

  1. Canal de denuncias del Consejo Superior de Ingenieros de Minas de España
  2. Canal de denuncias de la Ordem dos Engeheiros de Portuga